leader

Como Exportar

3 comments
Como Exportar
Mercadeo
Como Exportar
Con el fin de incentivar las exportaciones y ayudar al exportador, se encuentran una serie de figuras y entidades dispuestas a colaborar con los procesos de exportación que muchas veces no se conocen y que son asequibles para el empresario de hoy. En este boletín, 3 instrumentos que  han sido diseñados para apoyar y fomentar las exportaciones colombianas.
Zonas francas
Existen dos clases de zonas francas, las cuales han sido diferenciadas por el fin para el cual han sido creadas:
1 – Zonas francas permanentes: áreas delimitadas del territorio nacional  donde se desarrollan actividades industriales de bienes y servicios o actividades comerciales, destinadas al mercado externo. La compone  un usuario operador que se divide en usuario industrial de bienes, usuario comercial y usuario industrial de servicios.
2 – Zonas francas uniempreariales: Autorizada para que una sola empresa desarrolle sus actividades industriales de servicios, de agroindustria o de bienes, en un área determinada
3 – Zonas francas transitorias: áreas delimitadas del territorio nacional, donde se celebran ferias y eventos internacionales de importancia para la economía. La compone un usuario de zona franca transitoria y el expositor.
Actualmente se encuentran treinta y dos  (32) zonas francas aprobadas y seis (6) en trámite, ubicadas en diferentes puntos del territorio nacional: Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Santander, Valle del Cauca.
Sociedades de comercialización internacional – c.i.
Es instrumento de apoyo a las exportaciones otorgado por el Gobierno Nacional , que otorga beneficios tributarios a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, mediante el cual las empresas que tengan por objeto principal la comercialización y venta de productos colombianos en el exterior, adquiridos en el mercado interno o fabricados por productores socios de las mismas, y/o Servicios Intermedios de la producción, con destino a la exportación, estarán libres del impuesto a las ventas IVA y/o de  retención en la fuente en la compra local.
Los proveedores de las mercancías del mercado nacional o de los servicios intermedios de la producción, que los venda a las Sociedades de Comercialización Internacional C.I., deberá estar amparado por el documento Certificado al Proveedor – C.P., con el objeto de poder justificar en sus declaraciones de impuestos sus ventas sin incluir el IVA y/o retención en la fuente.
Este régimen especial, ha sido creado mediante la Ley 67 del 28 de Diciembre de 1979.
Sistemas especiales de importación y exportación plan Vallejo.
Es un instrumento de incentivo a las exportaciones que consiste en la importación temporal al territorio aduanero Colombiano de materias primas e insumos, con exención total de derechos de aduana e IVA, que se empleen en la producción de bienes de exportación.
Clasificación de programas plan Vallejo.
1. Operaciones según articulo 172 decreto ley 444 de 1967: Hace referencia a la importación temporal de materias primas e insumos con el objeto de utilizarlos exclusivamente y en su totalidad (deducidos los residuos y desperdicios) en la producción de bienes destinados a la exportación y de bienes que, sin estar destinados directamente a los mercados externos, vayan a ser utilizados en su totalidad por tercera o terceras personas en la producción de bienes de exportación.
2. Operaciones de maquila según articulo 172 resolución 1860 de 1999
Las operaciones de maquila aunque conceptualmente corresponden a la definición dada en el numeral anterior, se caracterizan por que el total de las importaciones de materias primas e insumos necesarios para manufacturar el bien de exportación sean suministradas por el contratante extranjero de ese perfeccionamiento, por lo cual serán de carácter NO reembolsable.
3. Operaciones según articulo 173 literal b) decreto ley 444 de 1967
Tienen por objeto la importación de materias primas e insumos destinados en su totalidad a la producción de bienes cuya exportación podrá ser parcial, siempre y cuando la importación de ese bien final, si llegara a realizarse, esté exenta del pago de gravámenes arancelarios. El valor de las exportaciones debe ser como mínimo igual al valor de las importaciones y, además, la cantidad exportada debe corresponder mínimo al 60% de los productos elaborados con la materia prima importada.
4. Reposición de materias primas – art. 179 decreto 444 de 1.967.
De conformidad con el Artículo 179 del Decreto 444 de 1967, quien exporte con la total de los requisitos legales, productos nacionales en cuya manufactura se hubieran utilizado materias primas e insumos importados por canales ordinarios o por reposición, tendrá derecho a importar libre de gravámenes, impuestos y demás contribuciones, una cantidad igual de aquellas materias primas o insumos.
Fuente: Proexport.

Con el fin de incentivar las exportaciones y ayudar al exportador, se encuentran una serie de figuras y entidades dispuestas a colaborar con los procesos de exportación que muchas veces no se conocen y que son asequibles para el empresario de hoy. En este boletín, 3 instrumentos que  han sido diseñados para apoyar y fomentar las exportaciones colombianas.

Zonas francas

Existen dos clases de zonas francas, las cuales han sido diferenciadas por el fin para el cual han sido creadas:

1 – Zonas francas permanentes: áreas delimitadas del territorio nacional  donde se desarrollan actividades industriales de bienes y servicios o actividades comerciales, destinadas al mercado externo. La compone  un usuario operador que se divide en usuario industrial de bienes, usuario comercial y usuario industrial de servicios.

2 – Zonas francas uniempreariales: Autorizada para que una sola empresa desarrolle sus actividades industriales de servicios, de agroindustria o de bienes, en un área determinada

3 – Zonas francas transitorias: áreas delimitadas del territorio nacional, donde se celebran ferias y eventos internacionales de importancia para la economía. La compone un usuario de zona franca transitoria y el expositor.

Actualmente se encuentran treinta y dos  (32) zonas francas aprobadas y seis (6) en trámite, ubicadas en diferentes puntos del territorio nacional: Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Santander, Valle del Cauca.

Sociedades de comercialización internacional – c.i.

Es instrumento de apoyo a las exportaciones otorgado por el Gobierno Nacional , que otorga beneficios tributarios a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, mediante el cual las empresas que tengan por objeto principal la comercialización y venta de productos colombianos en el exterior, adquiridos en el mercado interno o fabricados por productores socios de las mismas, y/o Servicios Intermedios de la producción, con destino a la exportación, estarán libres del impuesto a las ventas IVA y/o de  retención en la fuente en la compra local.

Los proveedores de las mercancías del mercado nacional o de los servicios intermedios de la producción, que los venda a las Sociedades de Comercialización Internacional C.I., deberá estar amparado por el documento Certificado al Proveedor – C.P., con el objeto de poder justificar en sus declaraciones de impuestos sus ventas sin incluir el IVA y/o retención en la fuente.

Este régimen especial, ha sido creado mediante la Ley 67 del 28 de Diciembre de 1979.

Sistemas especiales de importación y exportación plan Vallejo.

Es un instrumento de incentivo a las exportaciones que consiste en la importación temporal al territorio aduanero Colombiano de materias primas e insumos, con exención total de derechos de aduana e IVA, que se empleen en la producción de bienes de exportación.

Clasificación de programas plan Vallejo.

1. Operaciones según articulo 172 decreto ley 444 de 1967: Hace referencia a la importación temporal de materias primas e insumos con el objeto de utilizarlos exclusivamente y en su totalidad (deducidos los residuos y desperdicios) en la producción de bienes destinados a la exportación y de bienes que, sin estar destinados directamente a los mercados externos, vayan a ser utilizados en su totalidad por tercera o terceras personas en la producción de bienes de exportación.

2. Operaciones de maquila según articulo 172 resolución 1860 de 1999

Las operaciones de maquila aunque conceptualmente corresponden a la definición dada en el numeral anterior, se caracterizan por que el total de las importaciones de materias primas e insumos necesarios para manufacturar el bien de exportación sean suministradas por el contratante extranjero de ese perfeccionamiento, por lo cual serán de carácter NO reembolsable.

3. Operaciones según articulo 173 literal b) decreto ley 444 de 1967

Tienen por objeto la importación de materias primas e insumos destinados en su totalidad a la producción de bienes cuya exportación podrá ser parcial, siempre y cuando la importación de ese bien final, si llegara a realizarse, esté exenta del pago de gravámenes arancelarios. El valor de las exportaciones debe ser como mínimo igual al valor de las importaciones y, además, la cantidad exportada debe corresponder mínimo al 60% de los productos elaborados con la materia prima importada.

4. Reposición de materias primas – art. 179 decreto 444 de 1.967.

De conformidad con el Artículo 179 del Decreto 444 de 1967, quien exporte con la total de los requisitos legales, productos nacionales en cuya manufactura se hubieran utilizado materias primas e insumos importados por canales ordinarios o por reposición, tendrá derecho a importar libre de gravámenes, impuestos y demás contribuciones, una cantidad igual de aquellas materias primas o insumos.

Fuente: Proexport.

  1. Tal vez falto mencionar el convenio con 472 para los pequeños exportadores, buen articulo, es bueno recordar.

  2. elie mora dice:

    muy buena informacion los felicito.
    quisiera mas informacion en cuanto a productos como exportacion de peces,madera y mango.
    muchas gracias

  3. jose william gonzalez dice:

    yo participe de una conferencia emitida por ustedes donde una funcionaria de la DIAN anuncio un nuevo sistema de exportaciones a traves de las oficinas del correo nacional ahora llamadas 7×24 y que alli se daria la asesoria necesaria he averiguado y en estas oficinas no dan informacion, me gustaria saber que sucedio con esto?

Deje sus Comentarios


ad

ad




No olvide confirmar en su correo


Buscar en Este Sitio


Economia

Interes

Recursos Humanos